Incremento de matrículas escolares no podrá exceder del 10%

31.07.2012 11:20

 

La Asamblea General Extraordinaria de Padres, Madres, Representantes y Responsables de cada institución educativa privada, acordarán si se aprueba o no el incremento, cuyo monto podrá ser inferior al fijado

 

El Ministerio del Poder Popular para la Educación, fijó para el año escolar 2012-2013, un ajuste en las matrículas y mensualidades en un porcentaje que no podrá exceder del diez por ciento (10%), como límite máximo de aumento.

La medida queda establecida en la Gaceta Oficial N° 39.974 de fecha 30 de agosto del 2012, que circula este martes.

La resolución aplica para todas las instituciones educativas privadas del subsistema de educación básica de todo el territorio de las República Bolivariana de Venezuela.

Asimismo, corresponde a la Asamblea General Extraordinaria de Padres, Madres, Representantes y Responsables de cada institución educativa privada, acordar si se aprueba o no el incremento de matrícula y mensualidades para el referido año escolar, siguiendo el procedimiento establecido en la presente resolución, cuyo monto podrá ser inferior, pero en ningún caso podrá exceder el porcentaje fijado como límite máximo.

Los padres, madres, representantes y responsables, colectivos internos y comunitarios (Consejos Comunales y demás organizaciones sociales de la comunidad), como corresponsables de la educación, bajo el principio de participación, ejercerán la contraloría social, a los fines de dar el estricto cumplimiento de la presente medida y el Indepabis (Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso de los Bienes y Servicios), a través de sus oficinas regionales y municipales.

Los ministerios del Poder Popular para la Educación y para el Comercio, quedan encargados del cumplimiento del cumplimiento de la resolución..